Andrés Eloy Méndez

El presidente de la Comisión de Economía de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) Andrés Eloy Méndez, afirmó este lunes que la Ley Antibloqueo permitirá recuperar los beneficios sociales del pueblo venezolano.

En este sentido, el Constituyente Andrés Eloy Méndez resaltó que uno de los principales objetivos de esta ley es elevar la calidad de vida de la población que ha sufrido 5 años de guerra, producto de las sanciones y bloqueos impuestos por el gobierno de Estados Unidos (EEUU).

Durante su intervención en el programa Al Aire, transmitido por Venezolana de Televisión, el presidente de la Comisión de Economía de la ANC, indicó que la Ley Antibloqueo no contradice en ningún momento la Constitución, tras agregar que este instrumento legal lo que establece es un régimen temporal extraordinario para poder proteger la macroeconomía, al igual que, aliviar y mitigar las lesiones al salario de los trabajadores y la capacidad de ahorro de los venezolanos.

 

Sostuvo que con esta Ley se espera mejorar las condiciones de vida y de infraestructura pública y de servicio con un énfasis muy importante en el sistema de protección de Misiones y Grandes Misiones dadas por el Gobierno Nacional.

 

Detalló que esta Ley es un instrumento especial y temporal, que cesará al momento que cese el Bloqueo, así lo indica en su artículo número °1.

Resaltó que se pueden desaplicar normas legales o sublegales pero no constitucionales, “dicha desaplicación posee limites los cuales se establecen en el artículo 19 de la Ley Antibloqueo”.

 

Reafirmó que este nuevo instrumento es solo un requisito entendible para mover la inversión internacional directa en Venezuela lo cual es muy necesario para los equilibrios macroeconómicos, como el tema del petróleo y sus variaciones de precio, es por ello que es fundamental cuidar a PDVSA y los recursos del pueblo venezolano.

En cuanto al tema de la desnacionalización del petróleo venezolano, el presidente de la Comisión de Economía de la ANC señaló que es una falacia, al indicar que todos aquellos que tienen tal opinión deben de leer el artículo 302 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Explicó que dicho artículo refiere que “el Estado se reserva, mediante la ley orgánica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico”.

Al igual que se deben leer el artículo 303 que dice que, “por razones de soberanía económica, política y de estrategia nacional, el Estado conservará la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela, S.A., o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, exceptuando las de las filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Petróleos de Venezuela, S.A”, acotó.

 

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Ciudad VLC / VTV