Estado de Alarma

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N° 4.382, dictado por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros.

Este decreto prorroga la declaratoria del Estado de Alarma en todo el territorio nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.602 Extraordinario del 02 de diciembre de 2020, conforme lo prevé el artículo 339 de la Constitución.

Señala la sentencia N° 263-2020 de la Sala Constitucional, en ponencia conjunta de los magistrados y magistradas que la integran, que el mencionado decreto entró en vigencia desde que fue dictado.

Asimismo dice que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Carta Magna.

Por último, se ordenó la publicación de la decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del TSJ.

 

LEE TAMBIÉN: JEFE DE ESTADO LLAMA A CONSTRUIR UNA ECONOMÍA SANA

 

 

Ciudad VLC/VTV