El grupo editorial El Nacional deberá indemnizar al diputado Diosdado Cabello  por una demanda de injuria, daños y perjuicios. Se trata de una sentencia definitiva de la Sala de Casación Civil  del Tribunal Supremo de Justicia que califica como “un daño moral gravísimo”.

TSJ ordena a El Nacional pagar indemnización a Diosdado Cabello

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente la segunda fase del avocamiento solicitado por el abogado Alejandro Castillo. Este profesional del Derecho actúa como representante legal de Diosdado Cabello. La decisión ordena a “El Nacional” el pago de 237.000 petros, 13.366.800 dólares como indemnización por daño moral contra el ciudadano Cabello.

Esta sentencia ratifica lo dispuesto por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,  en fecha 31 de mayo del 2018  en la que declara con lugar la demanda de daño moral incoada por parte de “El Nacional” contra el  ciudadano Diosdado Cabello Rondón.

TSJ ordena a El Nacional pagar indemnización a Diosdado Cabello

Parte de la sentencia que involucra a El Nacional

Se trata del desprecio público que se generó en contra de la persona difamada, que lo afectó en su esfera personal y familiar, así como, en frente de su entorno social en general, viéndose sometido al escarnio público sin justificación alguna. Lo que hace que esta Sala de Casación Civil lo califique como un daño moral gravísimo”, indica la sentencia contra el grupo editorial El Nacional.

Esta se hace tomando en consideración el alcance de la responsabilidad del dañante y todas las situaciones de hecho que se derivan del caso y las consecuencias del mismo, así como la posición económica y de medio informativo de la demandada, quien valiéndose de su posición de dominio del medio, fácilmente procuró la difamación e injuria de una persona natural, sin más limitación que la que ella misma dispuso, haciendo caso omiso a las normativas y regulaciones del Estado, frente a la publicación de noticias y su veracidad”, señala.

Es claro establecer que no hubo intencionalidad de la víctima, ni esta tuvo alguna conducta que generara las noticias difamatorias publicadas por la demandada”, agrega.

Comprobados los actos difamatorios

Se observa que están comprobados los actos difamatorios, así como la culpa del autor de dichos actos, pues este nunca negó su participación en los mismos, sino que sólo pretendió excusarse en una supuesta justificación legal, que esgrimió como defensa para señalar que no era responsable por la publicación de las noticias difamatorias, omitiendo su posición de dominio, por la cual tiene pleno control de un medio informativo para transmitir los hechos difamatorios”, indica.

En diciembre de 2018 durante el programa Con el Mazo Dando Cabello hizo mención de las disculpas (perdón) que pidió El Nacional y Tal Cual por haberle difamado.

“Por ahí salió un comunicado de los directivos de El Nacional y Tal Cual pidiendo disculpas. El termino jurídico es pidiendo perdón, por la infamia en mi contra, al sacar en estos periódicos y en estas páginas información referente a mi persona como delincuente”.

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Ciudad VLC / Con el Mazo Dando