El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) oficializó el fin de la obligatoriedad en el uso de máquinas fiscales para el ejercicio de actividades comerciales en el país. La medida quedó formalizada en la Gaceta Oficial N.º 43.484 mediante la Providencia Administrativa SNAT/2026/00093.

El anuncio fue ratificado por el superintendente del organismo, Román Maniglia, quien destacó que la norma busca simplificar los trámites tributarios y reducir sustancialmente la carga operativa y económica que enfrentan los contribuyentes para formalizarse.

«La decisión de contar o no con una máquina fiscal es ahora voluntad del comerciante y no un requisito obligatorio ante esta Administración», enfatizó el titular del Seniat.

 

NOTA RELACIONADA: SUSPENDEN OBLIGATORIEDAD DE MÁQUINAS FISCALES

 

Libre elección y alivio económico para PYMES

Con la entrada en vigencia de esta providencia, la adopción de los medios de emisión pasa a ser de libre elección del sujeto pasivo (Artículo 5). Esto representa un alivio directo para pequeñas y medianas empresas (PYMES) y emprendedores, al eliminar los elevados costos de adquisición, mantenimiento y actualización de memorias de los equipos fiscales tradicionales.

La normativa precisa los siguientes aspectos operativos:

  • Uso optativo: Los comerciantes que ya cuenten con máquinas fiscales o deseen adquirirlas podrán continuar utilizándolas libremente.
  • Notificación de cambio: Quienes decidan migrar de un medio de emisión a otro deberán informarlo formalmente ante la Gerencia Regional o Sector de Tributos Internos de su domicilio fiscal (Disposición Transitoria Segunda).
  • Formato de contingencia: Los talonarios impresos por imprentas autorizadas quedan reservados única y exclusivamente como mecanismo de contingencia frente a fallas prolongadas de energía eléctrica, interrupción de internet, averías técnicas o mantenimiento del sistema (Artículo 6).

 

LEE TAMBIÉN: SISTEMA INTERCONECTADO PERMITIRÁ AGILIZAR LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA EN EL PAÍS

Canales digitales gratuitos e interoperabilidad

La Providencia SNAT/2026/00093 establece las bases para la transición hacia la facturación digital y electrónica. Entre las opciones tecnológicas autorizadas, el Seniat pondrá a disposición un Portal Web y Aplicativo Móvil gratuitos (Artículo 4.1.1), además de la opción de proveedores tecnológicos e imprentas digitales autorizadas.

Este modelo se apoyará en la interoperabilidad con el sistema financiero nacional, permitiendo al ente recaudador recopilar información tributaria de forma simplificada y automatizada.

 

Entrada en vigencia y derogatorias

La Providencia Administrativa entrará en vigencia a los 180 días continuos tras su publicación oficial (Disposición Final Octava). Asimismo, la norma deroga de forma expresa las providencias históricas SNAT/2003/1.677, SNAT/2009/0102 y SNAT/2013/0078, que regulaban el régimen anterior.

 

 

TE INVITAMOS A LEER Y COMPARTIR:

Piñate: Nuevo modelo laboral busca recuperar poder adquisitivo de los trabajadores

Si quieres ampliar y conocer más noticias como esta, síguenos en nuestras distintas plataformas digitales:

FACEBOOK       INSTAGRAM       TIKTOK       YOUTUBE       WHATSAPP       TELEGRA

 

Fuente: La Iguana

Ciudad Valencia / MG

Foto: Referencial