La Justicia argentina declaró inconstitucional el decreto con el que el presidente Javier Milei intentó frenar la Ley de Financiamiento Universitario, por lo que ordenó al Ejecutivo transferir de inmediato los fondos destinados a las casas de estudio.
La medida responde a un amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), la Universidad de Buenos Aires (UBA) y diversos gremios docentes.
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El fallo de 50 hojas, emitido por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 a cargo del juez federal Martín Cormick, dejó sin efecto el Decreto 759/2025 y ratificó que el Ejecutivo carece de argumentos válidos para incumplir la norma dictada por el Parlamento.
Mediante el DNU cuestionado, la Administración central había promulgado la ley, pero suspendió su ejecución práctica al alegar la supuesta falta de fuentes expresas de financiamiento asignadas por el Parlamento. Para justificar esta decisión, se amparó en el artículo 5° de la Ley N° 24.629 —en consonancia con el artículo 38° de la Ley de Administración Financiera—, el cual estipula que toda norma que autorice gastos no previstos debe detallar los recursos para su cobertura.
El magistrado retrucó este argumento al señalar que la propia Ley N° 27.795 de Financiamiento Universitario establece pautas claras para su financiamiento en su artículo 9°. Indicó que dar mayor jerarquía a normativas previas presupone erróneamente que el Congreso desconoció el bloque jurídico vigente, cuando en realidad entendió cumplidos los recaudos del artículo 5° de la Ley N° 24.629 al insistir con la nueva ley por mayorías.
Cormick concluyó que el decreto gubernamental “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías requeridas”.
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Fuente: Telesur
Ciudad Valencia/MG
Foto: Cortesía













