En Gaceta Oficial N° 41.366, fue publicado el Decreto N° 3.332 que refiere a los estatutos de la reconversión monetaria que entrará en vigencia a partir del próximo 4 de junio.

 

Según lo enunciado en Gaceta, el importe expresado en moneda nacional antes de la fecha citada deberá ser convertido a la nueva unidad.

 

Igualmente señala que las obligaciones en moneda nacional deberán contraerse en el bolívar reexpresado. Asimismo, a partir del 4 de junio de 2018, las obligaciones de pago en moneda nacional se solventarán mediante la entrega, por su valor nominal, de los signos monetarios que representen al bolívar reexpresado.

 

De igual forma refiere que la campaña de divulgación asegurará el proceso de aprendizaje en materia de reconversión y redondeo de precios; así como procurará sensibilizar de la importancia de la medida.

 

Ciudad VLC / ÚN

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