Con el firme compromiso de brindar una atención organizada, transparente y eficiente a los ciudadanos, la Alcaldía de Valencia dio a conocer los detalles de la Nueva Ordenanza de Cementerios en Valencia, publicada en la Gaceta Municipal N.° 26/11007 Extraordinario. Esta normativa establece los lineamientos clave que regirán los servicios de inhumación, exhumación y el régimen de uso temporal en el municipio.

Trámites y requisitos para inhumaciones

Para llevar a cabo los procesos de inhumación de manera regular, se deben cumplir los siguientes lineamientos:

  • Documento obligatorio: Es indispensable presentar una orden o boleta de inhumación expedida de forma gratuita por la Primera Autoridad Civil, previa consignación del certificado médico de defunción.
  • Lapso de espera: El procedimiento no podrá realizarse antes de cumplir 24 horas del fallecimiento, salvo en casos justificados de descomposición o epidemias.
  • Horario regular: Las gestiones y servicios se realizan en un horario comprendido de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

Régimen de cesión y uso temporal

En cuanto al uso de parcelas, bóvedas y nichos:

  • El suelo mantiene su condición inalienable e intransferible como un bien de dominio público municipal.

  • Los contratos de uso temporal sobre nichos, fosas o columbarios se emiten por un lapso inicial obligatorio de 5 años.

Normativa para exhumaciones

Las exhumaciones se clasifican según su naturaleza y plazos legales:

  • Ordinarias (solicitud familiar/civil): Se pueden realizar una vez transcurrido el plazo mínimo de 5 años desde la inhumación, contando con la respectiva autorización o guía sanitaria.

  • Extraordinarias: Si se efectúan antes de los 5 años, requieren de una resolución aprobatoria especial emitida por el Ministerio con competencia en salud pública.

  • Orden Judicial / Penal: Aquellas ordenadas por autoridades judiciales o el Ministerio Público se ejecutan de forma inmediata sin requerir un trámite administrativo previo.

Esta nueva normativa busca optimizar los servicios prestados por FUNVAL (Fundación para el Mejoramiento Industrial y Sanitario de Valencia) y Parque Memorial de Valencia, garantizando el orden y el respeto en los camposantos del municipio.

 

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Fuente: Alcaldía de Valencia

Ciudad Valencia/M.Ll