En las postrimerías de 1821, en la naciente República de Colombia —aquel proyecto continental concebido por Simón Bolívar— no solo se batía a duelo en los campos de batalla para sellar la independencia, sino que se libraba una lucha silenciosa y voraz en los despachos: la consolidación del orden institucional. Transcurridos apenas tres meses de la gloriosa victoria en la Batalla de Carabobo, el suelo venezolano aún resentía la devastación de la guerra y la escasez absoluta de recursos.
En este convulso escenario surge un documento que hizo historia, el N.º 184, expedido en Caracas el 27 de septiembre de 1821, firmado por el General Carlos Soublette quien era el Jefe Político y Militar del Departamento de Venezuela. A lo largo de sus cuatro folios conservados en el Archivo Histórico del Antiguo Cabildo de Valencia, este manuscrito oficial destila la tensión viva entre la naciente burocracia civil y el influyente estamento militar, erigiéndose como un testimonio invaluable de los primeros pasos —y tropiezos— de la ingeniería estatal republicana.

Antecedentes y el choque institucional en Valencia
Tras la jornada de Carabobo en junio de 1821, la guerra no había terminado por completo; el ejército realista al mando del general Miguel de la Torre se había atrincherado en el inexpugnable Castillo de Puerto Cabello. La proximidad de Valencia a este último reducto la convirtió en una plaza estratégica vital para el sostenimiento de las tropas patriotas ante la urgencia apremiante de recursos, víveres y dinero.
En dicho documento Soublette recapitula la novedad y explica que el conflicto germina cuando el Comandante General de la Línea (mando militar de la zona), urgido por el desabastecimiento, exige a la Ilustre Municipalidad de Valencia el suministro inmediato de víveres, pertrechos y caudales. Frente a la imposibilidad o tardanza del cabildo para responder a tales exigencias, la autoridad militar escala la presión llegando a la conminación directa y la amenaza de encarcelamiento a los capitulares civiles. La respuesta de la Municipalidad de Valencia no se hizo esperar: interpretando el acto como un atropello a la soberanía del fuero civil y a las garantías constitucionales, acusó al jefe militar de inferirle insultos y desconoció su potestad para emitir semejantes amenazas.
En medio de esta disputa, el Gobernador Político y Militar de Valencia actuó como intermediario y le comunicó al Comandante militar las quejas y el acta de la Municipalidad. Esto enfureció al Comandante de la Línea, quien destituyó de su cargo al Gobernador, desencadenando una crisis institucional de alcance departamental.
La respuesta sabia y equilibrada de Carlos Soublette
Ante el colapso de la gobernabilidad local, el expediente viajó con urgencia a Caracas, donde residía el poder ejecutivo del Departamento de Venezuela. Es aquí donde emerge con luz propia la figura del Prócer de la Independencia, el General Carlos Soublette, en su rol de Jefe Político y Militar del Departamento de Venezuela.
Soublette, militar de vasta experiencia, pero de un profundo civismo republicano, dictaminó una resolución magistral contenida en el documento N.º 184, caracterizada por un fino equilibrio político:
Respaldo a la logística militar: Soublette validó que, en tiempos de contingencia, el Comandante Militar posee la alta policía y facultades incuestionables para solicitar auxilios a los cabildos en favor del ejército.
Citas editadas del documento original:
“Que el comandante general de la línea como jefe de la frontera ejerce en ella y en su Distrito no solo el mando de armas, sino la alta policía, y las autoridades civiles le están subordinadas por todo lo que concierne a la seguridad interior, vigilancia, celo, pesquisa, indagación y de todo lo que pueda directa o indirectamente perjudicar a la defensa y ejecución de sus planes, y sus facultades en estos particulares no son cuestionables.”
Freno al abuso de poder: Reprendió severamente al mando militar, declarando de forma categórica que carecía de autoridad para amenazar con arrestos a los miembros de la Municipalidad, frenando en seco el despotismo castrense.
“Que también las tiene para solicitar víveres y caudales para el sostenimiento de las tropas, ocurrir a las municipalidades, y dar cuantas providencias sean conducentes para suplir cualquier falta que momentáneamente se presente en comisaria, pero que se ha excedido en amenazar con prisiones o arrestos a la municipalidad de Valencia para cuyas amenazas ni su ejecución tiene autoridad.”
Restitución del orden legal: Declaró «injusto y violento» el procedimiento contra el Gobernador Político y Militar de Valencia, ordenando su inmediata restitución en el cargo.
“Que el Gobernador Político y Militar de Valencia no ha incurrido en ninguna falta militar por haber comunicado el acuerdo de la Municipalidad al referido Comandante General., y que si el procedimiento tomado contra él ha sido por esta causa, lo declaro injusto y violento, y que debe ser repuesto inmediatamente al ejercicio del gobierno político y militar de dicha ciudad y su distrito.”
Llamado al civismo y a la cooperación: Reprochó a la Municipalidad de Valencia su excesivo celo por los «privilegios» corporativos en un momento de emergencia nacional, recordando que la «salud de la Patria» exigía patriotismo por encima de rencillas leguleyas.
“Comuníquese esta determinación a los que se comprehende, y dando por concluida esta competencia exhortándoles a que en lo sucesivo haya más concordia y que circunscribiéndose cada uno a lo que dejo declarado contribuyan todos al mejor servicio de la nación… Lo traslado a U. para su intelig.ª y gob.º indicándole además que el gobierno tiene el mayor interés en que se alejen semejantes divergencias, y se establezca entre las autoridades la mayor y más completa armonía, para ser esta la que facilita la expedición en el servicio de la Republica.”
La intervención de Soublette demostró la madurez de un prócer que entendía que una república no podía fundarse sobre la tiranía de la espada, sino sobre el estricto apego a las leyes.

Relevancia histórica y autenticidad del documento
El documento N.º 184 no es solo un informe administrativo; representa una diplomática y sabia exhortación al orden, un documento que explica la clara delimitación entre el poder civil y militar en Venezuela. Enseña cómo la República de Colombia intentó, desde su primer año de vida, subordinar las botas militares al imperio de la ley civil.
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Un detalle de originalidad inapreciable: La autenticidad e historia viva de este expediente quedan estampadas en la cuarta y última hoja del manuscrito. Al pie del texto que ordena la concordia entre las partes, resalta la imponente firma y rúbrica autógrafa de Carlos Soublette, precedida por la clásica fórmula republicana «Dios guarde a Usted». La caligrafía fluida de la época, la anotación marginal en letra clara de su apellido (Soublette) para certificar el traslado oficial y el membrete tipográfico de la Vicepresidencia de Venezuela, le otorgan al folio un valor documental e iconográfico de primer orden para la historiografía nacional.
El documento N.º 184 del Departamento de Venezuela constituye una ventana excepcional al pasado. En él descubrimos que la Independencia no solo fue obra de cargas de caballería y batallas sangrientas, sino también de la prudencia en el tintero. Gracias a la templanza y visión de estadista de Carlos Soublette, este episodio en Valencia sentó un precedente histórico imborrable: el recordatorio de que las armas de la República deben estar siempre al servicio de la ley y no por encima de ella.
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