Copias y certificaciones

A través de la red social Twitter, la rectora principal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tania D’Amelio, recalcó que las copias y certificaciones de las actas de nacimiento de los libros del registro civil, no tienen fecha de vencimiento y por lo tanto no requieren renovarse.

En el documento publicado, el CNE aclara a los ciudadanos que, solo si las copias y certificaciones presentan alguna enmienda o que no estén legibles, deberán ser renovadas.

 

En el comunicado informa que las copias y certificaciones de actas, debidamente asentadas en el libro civil no tienen fecha de nacimiento.

 

A continuación el comunicado:

El Consejo Nacional Electoral, por órgano de la Comisión de Registro Civil y Electoral, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el numeral 7 del artículo 293, y del artículo 22 de la Ley Orgánica de Registro Civil, en virtud de la naturaleza pública y esencial del Registro Civil  como servicio que garantiza el Derecho Humano a la Identidad de los ciudadanos y ciudadanas, mediante el acceso a la información contenida en los archivos y datos que se originan de la declaración de todos los actos y hechos registrables reitera:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Registro Civil, las Copias y Certificaciones de las Actas, debidamente asentadas en los libros de Registro Civil no tienen fecha de vencimiento, razón por la cual no se requerirá su renovación para efectos de su validez; solo deberá verificarse que las mismas sean legibles y no contengan enmiendas y/o tachaduras que dificulten su comprensión.

En consecuencia, se exhorta a los órganos y entes de la Administración Pública e Instituciones Educativas y Privadas, abstenerse de requerir a los ciudadanos y ciudadanas dichas Certificaciones con una fecha determinada de expedición, dando así cumplimiento a las normas de simplificación de trámites administrativos.

 

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Ciudad Valencia / RedNoticias