El Ministerio Público (MP) acusó a seis ciudadanos por la muerte de la adolescente Yusleidy Zulimar Salcedo Paredes, hecho ocurrido en Pueblo Llano, estado Mérida, en agosto de 2016, informó el fiscal general de la República, Tarek William Saab.

El Fiscal General denunció que este caso se ha intentado utilizar para «enlodar la imagen de nuestros funcionarios, desconociendo los hechos y nuestras acciones».

Detalló que la joven fue hallada sin vida en la habitación de Yohander Santiago, en una escena que aparentaba un suicidio. Sin embargo, la adolescente no residía en esa vivienda.

De acuerdo con las investigaciones, se determinó que Yusleidy Salcedo había estado compartiendo con 6 ciudadanos, entre ellos Yohander Santiago y una prima, por los alrededores de Pueblo Llano (Mérida). Luego aproximadamente las 9:00 de la noche dejaron a la prima en la plaza Bolívar de la localidad y se fueron con Yusleidy a un lugar desconocido. La joven fue dejada posteriormente en la casa donde fue hallada sin vida a la mañana siguiente.

 

 

En ese sentido, el MP acusó los ciudadanos Jesús David Rodríguez Osuna, Yohander Santiago Santiago, Junior Santiago Santiago, José Marcos Santiago, Julio Santiago y Juan Carlos Volcanes, por los delitos de femicidio y violencia sexual previstos en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Saab dijo que otros dos acusados ​​fueron sobreseídos por el Tribunal en la audiencia preliminar, y explicó que no tiene nada que ver esa acción con la actuación del MP.

En ese sentido, el Tribunal 1 ° en Funciones de Juicio con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de Mérida, decretó el pasado 14 de mayo sentencia absolutoria a favor de los referidos ciudadanos, otorgándoles la libertad.

 

 

«Algo que obviamente consideramos inaceptable por lo que hemos narrado, en donde se evidenciaba que no había sido un suicido, sino un femicidio», dijo Saab desde la sede del MP.

Agregó que, de manera inmediata, el Ministerio Público ejerció la apelación en la modalidad de Efecto Suspensivo, de conformidad con el artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal, lo que quiere decir que los acusados ​​permanecerán privados de libertad hasta que la Corte de Apelaciones decida sobre el recurso presentado por el MP.

 

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El fiscal general explicó que aunque el Tribunal consideró que no hay elementos que justifiquen la acusación, el Ministerio Público tiene la convicción de que las pruebas presentadas avalan la acusación.

«Entre los elementos de prueba promovidos por los fiscales está el informe de autopsia que indica que la adolescente tenía lesiones que indican que fue violentada sexualmente y no participó de un acto carnal consensuado, además se presentó un informe de correlación de experticias que señala que hubo sofocación de la adolescente, previa al supuesto suicidio «, señaló el fiscal.

 

Ciudad VLC / AVN