Durante la sesión ordinaria de la Asamblea Nacional, este martes se aprobó en primera discusión el Proyecto de Reforma Parcial de la Ley Contra la Estafa Inmobiliaria, un instrumento legal que busca dinamizar el sector.
El primer vicepresidente del Parlamento, Pedro Infante, precisó que la reforma tiene como objetivo principal promover la construcción de nuevas viviendas bajo un enfoque adaptado a las realidades actuales.
«Es promover la construcción de vivienda. El Estado tiene una capacidad con la Gran Misión Vivienda Venezuela. Y en estos tiempos de unión y de tender la mano, necesitamos el esfuerzo de todos.
Y esta reforma de ley apunta a resolver fundamentalmente, compañeros, garantizar mejores condiciones, seguridad jurídica, capacidad de financiamiento para que el sector privado inicie un proceso agresivo, acelerado de construcción de viviendas y atender a esas 30.000 personas o más de 10.000 familias, 15.000 familias que fueron afectadas por el terrible doblete sísmico del pasado 24 de junio», subrayó.
Infante explicó que, de manera específica, la finalidad es destrabar el «esquema de precio rígido» que impediría absorber las variaciones de los costos de materiales e insumos durante la ejecución de la obra, «permitiendo que las partes acuerden libremente mecanismos de estabilización del saldo deudor en función de las fluctuaciones reales del mercado constructivo».
El parlamentario agregó que se pretende resolver el tema del límite legal restrictivo que fija en 24 meses el plazo máximo para la culminación de las obras. «Entonces se consagra que el tiempo de ejecución quede sujeto a la libre voluntad y acuerdo mutuo de las partes», expresó.
Proteger el flujo de caja
Otro de los puntos que contempla el proyecto de ley «es proteger el flujo de caja». En ese sentido, dijo que «se flexibiliza el régimen de rescisión por impago en la normativa anterior». El promotor debía esperar 90 días de mora y tramitar una autorización administrativa previa ante el ministerio competente. Con esta reforma se propone entonces facultar al constructor para rescindir el contrato de forma directa si el adquiriente incurre en impago de dos meses consecutivos».
Otro de los elementos fundamentales que propone esta reforma de ley «es que suprime la responsabilidad solidaria que la ley anterior imponía a las instituciones bancarias que otorgan créditos para el desarrollo de proyectos. Se estimula entonces, compañeros, también la participación de la banca como agente facilitador de recursos, eliminando riesgos regulatorios desproporcionados que paralizan el crédito promotor».
Acotó que es fundamental «desatar los nudos, crear mejores condiciones de seguridad jurídica, pero también de equilibrios jurídicos, porque por un lado, seguridad jurídica al constructor; por otro lado, estimular a la banca pública y privada para el financiamiento de proyectos de construcción de vivienda; pero por otro lado, con el equilibrio de proteger a los adquirientes, a los compradores de vivienda.
El equilibrio necesario para que toda la capacidad del Estado, sumada la capacidad privada en construcción de vivienda, se ponga a disposición del plan Venezuela Renace».
Por ello, enfatizó que es fundamental «garantizarle a nuestro pueblo, en el tiempo más corto posible, el derecho a la vivienda y, en el marco de esta tragedia del terremoto doblete sísmico del 24 de junio, podamos dar respuesta pronta y que después, en algunas semanas, algunos meses, estemos desalojando las escuelas que hoy son campamentos transitorios y nuestra gente pueda estar en sus viviendas, en sus hogares, con sus enseres y abrazando a su familia».
Arrendamiento de Inmuebles
Por otro lado, aprobó el proyecto de Ley del Régimen Especial de Arrendamiento de Inmuebles Destinados a Vivienda, cuya tarea principal es estimular el mercado de alquileres o de arrendamientos de viviendas, precisó el primer vicepresidente de la Asamblea Nacional, Pedro Infante, al presentar el proyecto de Ley.
Refirió que, según estimaciones, debe haber cerca de 200.000 viviendas que «están disponibles o son susceptibles a entrar en el mercado de alquileres de vivienda»; por ello se pretende «robustecer todo lo que tiene que ver con la seguridad jurídica para proteger de forma simultánea el derecho de propiedad, el dueño de la vivienda que se convierte en arrendador y al arrendatario».
Considera el parlamentario que con este instrumento legal se logrará un «equilibrio jurídico» para que se puedan «desamarrar los nudos» que tienen frenado el mercado de alquiler.
Dijo que un pilar fundamental de esta ley «es la desjudicialización y celeridad, buscando implementar la justicia alternativa, mediación y arbitraje. Como una vía expedita para resolver controversias, disminuyendo los tiempos de respuesta y aliviando la carga del sistema de justicia ordinario».
Prohibido arrendar en zonas de alto riesgo
En tanto en materia económica y operativa, «el proyecto introduce cambios sustanciales. Prohíbe formalmente arrendar en zonas de alto riesgo o estructuras precarias, enfatizó el parlamentario, acotando que les corresponde ser vigilantes al respecto.
Con respecto al canon, indicó que «las partes acuerdan libremente el canon y su indexación, en caso de prórroga, tomada técnicamente por el índice de precios al consumidor que establece el Banco Central de Venezuela, impidiendo la especulación pero protegiendo el valor real del dinero frente al fenómeno inflacionario.
Distribuye de forma equitativa el peso financiero de las reparaciones mayores y menores bajo el umbral técnico del 30% del canon. Y se equilibra la balanza de riesgo permitiendo depósitos en garantía o pólizas de seguro de hasta 3 meses, obligando al reintegro inmediato en un lapso de 15 días continuos tras la terminación, previa verificación del estado del inmueble».
Explicó que el proyecto de ley de arrendamiento de inmuebles destinados a viviendas protege al ciudadano al crear un mercado formal y atractivo para la inversión, al otorgar incentivos económicos indexados, garantías bancarias o de seguros y vías de resolución rápida. «Este proyecto de ley consta de cuatro capítulos que se agrupan en un total de 27 artículos».
Puntualizó que todas las relaciones contractuales que sean de alquiler, que se rijan o que surjan luego de la promulgación, aprobación de esta ley, se regirán por la misma. «Quiero dejar eso claro. Es decir, estimulamos por un lado la construcción de vivienda y estimulamos por otro lado el mercado de alquiler de vivienda, de arrendamiento de vivienda, para tener más opciones de solución de atención habitacional para nuestro pueblo», concluyó.
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Fuente: Últimas Noticias
Ciudad Valencia/M.Ll











