Hoy se recuerda una fecha de profunda significación para la estructura civil y la seguridad de la nación: la conmemoración del Día Nacional del Policía; efeméride encuentra su anclaje histórico oficial el 16 de julio de 1944, bajo una concepción que estrechó lazos de patronazgo religioso con la festividad de la Virgen del Carmen, protectora de los uniformados. ​

La instauración de esta fecha en el calendario venezolano no fue un acto fortuito; respondió a la imperiosa necesidad de unificar, institucionalizar y otorgar un reconocimiento formal a aquellos ciudadanos dedicados a la salvaguarda de la vida, los bienes y el orden público en una Venezuela que transitaba firmemente hacia la modernidad urbana del siglo XX.

Sin embargo, detrás del hito nacional, yace un vestigio histórico aún más antiguo, un precedente regional de vanguardia que a menudo pasa desapercibido en las páginas de la historiografía convencional.

 

Giro histórico: La Iniciativa de Carabobo en 1941

Es imperativo desviar nuestra mirada de la capital y situarnos tres años antes de aquel decreto nacional. Debemos trasladarnos al estado Carabobo en el año 1941. Mientras el país debatía las reformas de la transición democrática, al menos en Carabobo ya latía una sensibilidad institucional sin precedentes.

La conmemoración de la labor policial no esperó a los dictámenes de 1944; Carabobo ya poseía su propio «Día del Policía», instaurado formalmente para celebrarse cada 17 de diciembre (Día de la muerte del Libertador Simón Bolívar).

​Este hito histórico tuvo un protagonista fundamental: el intelectual, poeta, escritor y político José Rafael Pocaterra, quien para la fecha ejercía con notable visión de Estado la Presidencia del Estado Carabobo (cargo homólogo al de gobernador actual).

Pocaterra, hombre de letras con un agudo sentido de la justicia social y de la administración pública, comprendió que la paz de la ciudadanía reposaba sobre los hombros de una institución policial que requería ser dignificada y estimulada moral y materialmente. Bajo esta premisa, firmó un decreto histórico que sentó las bases de la profesionalización y el decoro policial en la entidad. A continuación, se transcribe de manera fiel y exacta el documento original de aquel decreto fundacional:

 

DECRETO DE CREACIÓN DEL «DÍA DEL POLICÍA»

EN EL ESTADO CARABOBO

 

José Rafael Pocaterra,  presidente del Estado Carabobo.

Por cuanto en la Institución de Policía reposa la seguridad social; y por cuanto justicia es dignificar y premiar los méritos y servicios de los Agentes del Orden Público;

DECRETO:

Artículo 1º – Es «DÍA DEL POLICÍA» en el Estado Carabobo el 17 de diciembre de cada año.

​Artículo 2º – Por Resoluciones separadas el Ejecutivo del Estado establecerá en cada oportunidad, honores y premios para los miembros de los Cuerpos de Policía de esta Entidad Federal, y se determinarán normas y condiciones para su adjudicación.

​Artículo 3º – Las autoridades civiles, de acuerdo con las municipales del Estado, dispondrán lo conducente a la celebración del «DÍA DEL POLICÍA» en sus respectivas jurisdicciones.

​Artículo 4º – Los gastos que ocasione el cumplimiento del artículo 2º, serán erogados por la Tesorería General, imputándoseles al Capítulo «Gastos Generales» de la Ley de Presupuesto de Rentas y Gastos Públicos del Estado.

​Artículo 5º – El Secretario General de Gobierno queda encargado de la ejecución del presente Decreto. Comuníquese y publíquese.

​Dado, firmado, sellado y refrendado por el Secretario General de Gobierno, en el Capitolio de Valencia, a los veinticinco días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y uno. – Año 132º de la Independencia y 83º de la Federación.

JOSÉ RAFAEL POCATERRA.

Refrendado:

El Secretario General de Gobierno, Alvarado Escorihuela.

El análisis de este primer documento revela una profundidad conceptual extraordinaria para su época. En su exposición de motivos, el decreto no se limita a un formalismo burocrático; define de manera categórica que en la Policía «reposa la seguridad social».

Esta afirmación trasciende el concepto meramente represivo o de control de la época, elevando la función policial a un pilar de bienestar colectivo. ​Asimismo, Pocaterra plasma un principio de estricta justicia administrativa: la necesidad de «dignificar y premiar» a los agentes.

El decreto establece una estructura orgánica (Artículos 2º y 4º) para que los reconocimientos no queden en palabras vacías, sino que cuenten con respaldo presupuestario directo de la Tesorería General, articulando además la participación activa de los municipios (Artículo 3º) para descentralizar la festividad y llevarla a cada rincón del territorio carabobeño.

 

Decreto Oficial del Día del Policía en Carabobo (25 de noviembre de 1941) Fuente: Archivo del Estado Carabobo

 

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Materialización del estímulo: Decreto del 26 de noviembre de 1941

​Lejos de postergar la aplicación de la norma para el futuro, el Ejecutivo regional actuó de inmediato. Al día siguiente, el 26 de noviembre de 1941, se emitió una resolución complementaria de carácter pragmático y sumamente innovadora para la época: la asignación de una bonificación especial en dinero efectivo para los oficiales y agentes con mejor conducta. ​

Este documento no solo evidencia el cumplimiento de la palabra empeñada en el decreto fundacional, sino que desglosa una distribución territorial detallada de las recompensas, demostrando el alcance federal del estímulo a lo largo de los distritos que conformaban el estado en aquel momento:

 

RESOLUCIÓN DE BONIFICACIÓN POR EL DÍA DEL POLICÍA

 

Estados Unidos de Venezuela. – Estado Carabobo. – Secretaría General de Gobierno. – Dirección Política. – Valencia: 26 de noviembre de 1941. – 132º y 83º. 

RESUELTO:

De conformidad con el artículo 2º del Decreto dictado ayer por este Ejecutivo, mediante el cual se establece como DÍA DE POLICÍA en el Estado Carabobo el 17 de diciembre de cada año, dispone el ciudadano Presidente del Estado que los premios correspondientes al presente año se otorguen en dinero efectivo a los Oficiales y Agentes de mejor conducta, incluyendo los del Servicio de Investigación, en la forma que se determina de seguida:

DISTRITO CAPITAL

Para un Oficial: Bs. 100,00

​Dos Agentes, a Bs. 60 c/u: Bs. 120,00

​Para un Agente del Servicio de Investigaciones:

Bs. 60,00

DISTRITO PUERTO CABELLO

Un Oficial: Bs. 100,00

​Un Agente: Bs. 60,00

​Un Agente del Servicio de Investigaciones:

Bs. 60,00

DISTRITO BEJUMA

Un Agente: Bs. 60,00

DISTRITO CARLOS ARVELO

Un Agente: Bs. 60,00

DISTRITO GUACARA

Un Agente: Bs. 60,00

DISTRITO MONTALBÁN

Un Agente: Bs. 60,00

 

Dispone asimismo el Primer Magistrado del Estado que la adjudicación de estas recompensas se haga por dictamen de Jurados designados al efecto por los ciudadanos Jefes Civiles de Distrito, Jurados de los cuales ellos deben formar parte integrante, y que la entrega de los antedichos premios la efectúen a nombre del gobierno del Estado, los mencionados funcionarios. Comuníquese y publíquese.

​Por el Ejecutivo del Estado,

El Secretario General de Gobierno, Alvarado Escorihuela.

​El valor del documento en la memoria colectiva

Al contrastar ambas realidades temporales —la celebración nacional del 16 de julio nacida en 1944 y la vanguardia regional de Carabobo del 17 de diciembre de 1941— resalta con nitidez el carácter pionero del estado Carabobo, bajo la dirección de José Rafael Pocaterra, no solo se adelantó cronológicamente en honrar al funcionario policial, sino que introdujo criterios de justicia social, descentralización institucional y estímulo meritocrático a través de jurados locales y compensaciones tangibles y efectivas.

Después  de esto, solo queda un vestigio aún sin resolver, hasta que se demuestre un documento que lo certifique: ¿Habrá sido Carabobo el primero en Venezuela decretar el Día del Policía?

​Este ejercicio de reconstrucción histórica pone de manifiesto el valor inconmensurable de los documentos de archivo y su publicación en medios de comunicación (redes sociales, libros entre otros). Los decretos y resoluciones aquí analizadas no son meros papeles amarillentos por el paso de las décadas; son testimonios vivos, vestigios fundamentales que nos permiten incluso corregir la amnesia histórica y reivindicar el protagonismo de los buenos funcionarios policiales de las regiones.

Recordar fechas tan significativas bajo la luz de sus documentos originales nos devuelve la dimensión humana de la administración pública del pasado, demostrando que mucho antes de la unificación de los honores institucionales, Carabobo ya labraba con pulso firme el camino de la dignificación social.

 

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Ciudad Valencia/Diego Trejo/RN