Corte colombiana

La Corte colombiana declaró el pasado 16 de agosto exequible la Ley Estatuaria para la administración de justicia en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

 

La aprobación de la Ley fue por parte de la Corte Constitucional de Colombia, lo cual pone fin a las inhabilidades pactadas para ser magistrado de esta justicia, creada en el marco del Acuerdo de Paz, y estableció precisiones sobre terceros en cuanto a la participación política.

 

 

Corte colombiana puso fin al conflicto legal

Con la reglamentación del mecanismo transicional se pondrá cierre al conflicto, conociendo y sancionando las graves infracciones a Derechos Humanos cometidas en más de 50 años de guerra.

 

 

Corte colombiana

 

 

La estatuaria pone sobre la mesa de la JEP los derechos de las víctimas y las sanciones a exinsurgentes que no implicarán cárcel, así como todo lo relacionado con la participación política y  la extradición de excombatientes que se acogieron al proceso de paz.

 

Entre las cuestiones que señala la Corte están que la JEP no podrá dejar de estudiar aquellos crímenes que sean considerados de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra.

 

Además indica ajustes relacionados con la participación en política y enumera tres tipos de sanciones a imponer a través de la JEP.

 

La Corte Constitucional también indica que aquellos excombatientes que estén en la cárcel no podrán llevar a cabo ningún ejercicio de la política.

 

 

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Ciudad VLC/Tomado de TeleSUR

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