“Del preámbulo constitucional” por Luis Alberto Angulo

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Luis Alberto Angulo-revoluciones-Ramón Miranda

“El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana;

Con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad;

En ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente constitución”.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

(Publicada en Gaceta Oficial del jueves 30 de diciembre de 1999, Número 36.860)

 

Naguanagua-Constitución 1999 b

 

Una de las bondades de la constitución que rige a la República venezolana desde 1999 es el derecho y también la obligación moral del ciudadano de hablar y comentar la Carta Magna, la cual establece que el poder reside en el pueblo, invocando las fuerzas espirituales más trascendentes y el propio desarrollo histórico de la Nación, incluyendo por vez primera en el texto constitucional a la población indígena, sometida por la invasión Europea y marginada de un estatuto que le garantizara su inclusión.

El próximo 30 de diciembre de 2024 se cumplen 25 años de la publicación en Gaceta Oficial de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuya elaboración en el seno de la Asamblea Constituyente y la posterior aprobación mayoritaria por vía electoral del país, hace que ello sea el acontecimiento político de mayor significación de la vida republicana de la pasada centuria y el inicio del proyecto jurídico más trascendente que se haya marcado la nación en el siglo 21.

 

Naguanagua-Constitución 1999 2b

 

Es esa la razón que legitima el hecho de aceptar la invitación de Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) en Naguanagua para realizar algunos comentarios en torno al preámbulo de la Constitución en el marco conmemorativo que se realiza en todo el país bajo la dirección de la Vicepresidencia de Formación e Ideología.

Los venezolanos tenemos el derecho de participar continuamente en el debate de nuestra nación y esta jornada alimentará la fuerza transformadora del sujeto pueblo.

Como expresó en el debate del Pasado jueves, Douglas Rosell:

“El bolivarianismo es la doctrina política más importante que se opone al fascismo”.

La Constitucionalización del derecho como fenómeno histórico, político y social, a los 25 años de la entrada en vigencia de la Constitución de la República, es el tema a debatir por la militancia del partido fundado por Hugo Chávez.

Poeta Gustavo Pereira 2

Creo que, en la historia política de Venezuela del último siglo, ningún hecho más extraordinario que el proceso constitucional de nuestra Carta Magna, formulada a partir de la Asamblea Constituyente y refrendado por vez primera por la voluntad popular, cuyos objetivos fundamentales son: Mantener la independencia y la integridad territorial de la nación; fortalecer la unidad nacional y asegurar la libertad, la paz y la estabilidad de sus instituciones.

Al constitucionalista margariteño Gustavo Pereira, poeta, jurista e historiador, se debe la redacción de ese estupendo texto de apertura conceptual profunda de la Constitución de 1999; la belleza expresiva, la exactitud jurídica, el fundamento histórico logran el hallazgo de una introducción insuperable al texto fundamental de la nación, uno de los más avanzados en su campo, que ciertamente, ha mostrado entre nosotros su dinamismo y vigencia para avanzar aún en las circunstancias más adversas.

 

Un poema de Gustavo Pereira

Pema Sobre salvajes-Gustavo Pereira 2

 

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Luis Alberto Angulo [Rivas]. Nació en Barinitas, estado Barinas (VEN), en 1950. Coterráneo de los poetas Enriqueta y Alfredo Arvelo Larriva. Autor de las sumas: Antología de la casa sola (Fundarte, 1982), Fusión poética (Universidad de Carabobo, 2000), La sombra de una mano (2005), Antología del decir (2013), y Coplas de la edad ligera (2021), títulos publicadas por Monte Ávila Editores, colección Altazor. Prologa la edición en vida de la Obra poética completa de Ernesto Cardenal (Editorial Patria Grande, Buenos Aires, Arg. 2008).
Premio del IV Concurso Internacional de la revista Poesía (UC), otorgado anteriormente a: Jim Seguel, Arnaldo Acosta Bello y Eli Galindo. En Valencia, ciudad donde reside desde hace más de cincuenta años, ha sido columnista de los diarios Notitarde, El Carabobeño y Ciudad Valencia, jefe de redacción de la revista Poesía (UC) y director de las revistas Zona Tórrida (UC) y Redve (Red Nacional de Escritores de Venezuela). Ha realizado selecciones poéticas de: San Juan de la Cruz, Miguel Hernández, César Vallejo, Ernesto Cardenal, Enriqueta Arvelo Larriva, Teófilo Tortolero, Gelindo Casasola, Rómulo Aranguibel, Lubio Cardozo y Ana Enriqueta Terán.

 

Ciudad Valencia