La amistad con derecho a roce es un tipo de relación de pareja que intenta combinar la vinculación afectiva, los comportamientos y actitudes típicos de una amistad, con la posibilidad de mantener relaciones íntimas o sexuales, esto posiblemente a corto plazo.

A veces a mediano o largo plazo sin ningún tipo de compromisos.

En las relaciones sexuales entre “Amigos Operativos” se pueden definir como un proceso, por estar compuesto por un conjunto de instrucciones, que permite  al o los amigo(s) llegar a un resultado “output” esperado.

 

Entre la amistad con derecho las reglas deben quedar claras. El único compromiso es establecer un instructivo precio acuerdo entre las partes… con códigos claros.

  • No existe compromiso absoluto, no obstante las citas se programan respetando las actividades de cada una de las partes.
  • Los encuentros deben ser programados, pero no diarios o tan frecuente que cree lazos afectivos. Por lo tanto no existen celos, ni prohibiciones de que cada cual mantenga relaciones con otra persona…
  • No puede ponerse en riesgo la amistad, que es el inicio de la relación.
  • Como todo Proceso ”Operativo”, tiene un comienzo y un fin. Una entrada y una salida.
  • Los amigos “operativos” o la amistad con derecho, pero no pareja, aunque pudiera tener este final, no es lo más común y no es el propósito de la relación.
  • No sustituya su soledad, por un amigo “operativo”. Aunque algunos autores opinan que es una forma de apalear la soledad, opino que un amigo no es una tabla de salvación, ni compañía disponible como un amigo sin derecho, sino una situación temporal.

¿Y tú sabías de este tipo de relación?

 

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