El Banco Central de Venezuela (BCV) eliminó el monto mínimo para comprar divisas al menudeo, el cual se puede realizar en los bancos y casas de cambio, para clientes naturales y jurídicos.

A través de un comunicado con fecha del 26 de septiembre, el BCV indicó que el monto máximo para adquirir cualquier divisa; se mantiene en 8.500 euros o su equivalente en otra moneda.

Sin embargo, esta nueva circular no precisó un monto mínimo para comprar, el cual previamente era de 50 euros para naturales y 500 para jurídicas.

Los montos máximos para las operaciones de venta de divisas por cliente o usuario que podrán realizar los bancos y casas de cambio son: mil euros o su equivalente en otra moneda por día; 4.000 euros mensuales y 8.500 euros por año calendario.

  • A los fines del monto máximo anual indicado en el presente numeral, se considerará el saldo acumulado; con ocasión de la participación de los clientes o usuarios en el mercado al menudeo”, citó la circular.

En la norma reformada no se establecía un límite anual y se especificaba un límite diario de 500 euros para la venta de moneda extranjera en efectivo.

  • Queda expresamente entendido, que las operaciones de venta de moneda extranjera realizadas por los bancos universales y las casas de cambio a sus clientes o usuarios; serán efectuadas al tipo de cambio publicado por el Banco Central de Venezuela, a través de su página web el día inmediatamente anterior a la fecha de la respectiva operación, incrementado en un uno por ciento (1%), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Convenio Cambiario N° 1”, añadió.

Según la Gaceta Oficial N° 41.580 de fecha 6 de febrero de 2019, el BCV había establecido un monto mínimo de 50 euros o su equivalente en otra moneda extranjera; para personas naturales y 500 euros para personas jurídicas.

 

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Ciudad Valencia/RedRadiove