Amigas y amigos, constructores de sueños, forjadores de esperanzas: Tras el fin de la Guerra Federal al país se le imponían una serie de tareas de reconstrucción en términos materiales, institucionales y de avance en la conquista de derechos sociales y políticos, algunos de los cuales fueron ofrecidos durante la Guerra de Independencia, pero que no llegaron a hacerse realidad.
Fundamentado en esta realidad histórica y política, como una forma de garantizar la paz acordada en el llamado Tratado de Coche, documento con la que se puso fin a la Guerra Federal; el 18 de agosto de 1863, el general Juan Crisóstomo Falcón, presidente de la República, emitió un decreto en el que se establecieron un conjunto de principios doctrinarios con los que se pretendía brindar garantías y confianza al bando derrotado, procurando sentar las bases para una paz estable y duradera.
La Guerra Larga
Entre los años 1859 y 1863, Venezuela vivió otro conflicto bélico devastador, tanto por la destrucción material como por la pérdida de vidas humanas. Algunas estimaciones señalan que aproximadamente el veinte por ciento de la población pereció durante la llamada Guerra Larga, un dato alarmante para una nación que aún no alcanzaba el millón de habitantes.
El germen de esta guerra puede ser ubicado en las promesas realizadas e incumplidas durante el proceso independentista: la libertad de los esclavizados, la igualdad de los pardos y el acceso a la tierra con base en la Ley de Haberes Militares promulgada por Bolívar en 1817, una forma de pagar la contribución de soldados y oficiales en favor de la causa republicana. Los conflictos de intereses antagónicos en una sociedad caracterizada y determinada por el elemento racial, contribuyeron para que esos ofrecimientos se prolongaran en el tiempo y nunca fueran cumplidos.
Disuelta Colombia (la grande) en 1830, la oligarquía venezolana cerró filas en torno al general José Antonio Páez impulsando un proyecto nacional de corte liberal que tanto en términos políticos como económicos se contraponía al proyecto bolivariano. En el terreno económico la expresión doctrinaria y diáfana de la concepción liberal estuvo representada en la Ley de Libertad de Contratos, también conocida como Ley del 10 de abril de 1834.
Los efectos devastadores que a finales de la década de los treinta y comienzo de los años cuarenta comenzó a generar la implementación de esta ley produjo contradicciones económicas y sociales que se profundizaron afectando a la propia oligarquía criolla: comerciante y hacendados, quienes se vieron enfrentados por los efectos económicos negativos que generó la implementación del instrumento legal, cuya aplicación produjo la ruina de muchos hacendados.
A este escenario se sumaba la persistencia de una sociedad clasista que continuaba discriminando a los pardos. La oligarquía incorporó en la Constitución de 1830 un régimen electoral censitario que establecía una gradación en la condición de ciudadanía, y mantuvo el régimen esclavista haciendo nulos los ofrecimientos y promesas de libertad realizados a los esclavizados, para quienes la independencia no representó ningún beneficio.
Es en este contexto que insurge la figura de Ezequiel Zamora como promotor y difusor de ideas de libertad e igualdad sintetizadas en la consigna “Tierra y Hombres Libres”, planteamiento cobijado en el discurso progresista enarbolado por el Partido Liberal, fundado en 1840 como expresión de la división del sector oligárquico.
La profundización de las contradicciones políticas, económicas y sociales durante los años cuarenta y cincuenta del siglo XIX, conllevó al inicio de la Guerra Federal, el 20 de febrero de 1859, guerra que concluiría con el triunfo del bando liberal y la firma del Tratado de Coche en 1863. Para consolidar lo establecido en ese Tratado, el nuevo gobierno promulgó un Decreto de Garantías.
Derechos sumamente avanzados
La importancia política y jurídica de Decreto de Garantías, emitido por el general Juan Crisóstomo Falcón, radica en que sentó las bases para el establecimiento de derechos constitucionales que para entonces resultaban sumamente avanzados. El Decreto comprometía la actuación del gobierno en respetar un conjunto de derechos que sirvieran de garantía al sector derrotado en la guerra, pero también a la ciudadanía en general, hasta tanto fuera aprobado el nuevo Pacto Político que regiría la nación en este nuevo tiempo histórico.
El Decreto establecía: el derecho a la vida, con el cual se suprimían la aplicación de la Pena Capital aplicada desde la época colonial para castigar delitos de deserción, rebelión y la traición. También se garantizaban derechos como el de propiedad; la inviolabilidad del hogar; el secreto de la correspondencia y los documentos privados; la libertad de expresión del pensamiento; el derecho al sufragio, sin más restricciones que la minoría de edad; la “libertad natural”, principio que permitía a la persona hacer todo lo que quisiera siempre que no fuera contrario a la ley o violentara el derecho de otras personas; la “seguridad individual”, que garantizaba el trato igualitario ante la ley y acorde al delito cometido, suprimiendo el encarcelamiento forzoso y el destierro del territorio.
La expedición del Decreto significó un gran avance en términos, jurídicos y políticos que sentó las bases de un conjunto de derechos que procuraban afianzar la construcción de un sistema político liberal. El Decreto tuvo vigencia hasta que la Asamblea Nacional Constituyente, designada tras el fin de la Guerra Federal, elaboró la nueva Constitución, en 1864, que incorporó todas las garantías establecidas.
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El 4F de 1992, esta tradición constitucional pretendió ser desconocida por un sector de estamento político bipartidista, en la persona del senador de Acción Democrática David Morales Bello, quien, sin ningún tipo de escrúpulos, solicitó la pena de muerte para los militares sublevados.
Solicitud que no sólo desconocía una tradición constitucional vigente durante siglo y medio que establece el respeto a la vida como valor supremo, también representaba la confesión pública de la política represiva y criminal instrumentada desde el Estado por el régimen puntofijista, que tuvo en la figura del “desaparecido” (aplicada con mayor empeño durante el gobierno de Raúl Leoni) una de sus expresiones más crueles y sanguinarias.
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Ángel Omar García González (1969): Licenciado en Educación, mención Ciencias Sociales, y Magister en Historia de Venezuela, ambos por la Universidad de Carabobo, institución donde se desempeña como profesor en el Departamento de Ciencias Sociales de la Facultad de Educación. En 2021 fue galardonado con el Premio Nacional de Periodismo Alternativo por la Columna Historia Insurgente del Semanario Kikirikí. Ganador del Concurso de Ensayo Histórico Bicentenario Batalla de Carabobo, convocado por el Centro de Estudios Simón Bolívar en 2021, con la obra “Cuatro etapas de una batalla”. Es coautor de los libros “Carabobo en Tiempos de la Junta Revolucionaria 1945-1948” y “La Venezuela Perenne. Ensayos sobre aportes de venezolanos en dos siglos”.
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