«Decreto de Abolición de la Esclavitud», por Ángel Omar García

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Amigas y amigos, constructores de sueños, forjadores de esperanzas. El 24 de marzo de 1854 el general José Gregorio Monagas emitió un decreto mediante el cual se otorgaba libertad absoluta a los esclavos y manumisos que existían en el territorio venezolano.

Con esto, en cierta forma, se hacía realidad lo anunciado por Bolívar en 1816, cuando ofreció la libertad a aquellos esclavizados que lucharan en favor de la causa republicana, planteamiento que fue ratificado ante el Congreso de Angostura solicitando incorporar al nuevo texto constitucional la prohibición absoluta de la esclavitud.

El interés de los sectores dominantes:

Tras el desembarco en Tierra Firme de la Expedición de Los Cayos, el 2 de junio de 1816, Bolívar emite desde Carúpano un decreto mediante el cual se concedía la libertad a los esclavizados. Se procuraba no solo incorporar masivamente a este sector a la causa republicana, sino avanzar en el establecimiento de condiciones sociales más justas. En la perspectiva del Libertador la esclavitud era incompatible con los ideales republicanos de libertad e igualdad.

La intencionalidad del decreto fue ratificada durante el discurso ante el Congreso de Angostura solicitando la libertad absoluta de los esclavizados. Sin embargo, el Congreso Constituyente no aprobó dicha solicitud y en su lugar estableció un principio de progresividad para alcanzarla, que partía del siguiente postulado: la imposibilidad de que un hombre fuese propiedad de otro; premisa que estaba condicionada a un proceso educativo que tendría como propósito la “civilización de los esclavos” y la inculcación de valores como: el “amor al trabajo” y las “virtudes públicas”.

Entretanto fuesen alcanzadas esas condiciones, la situación jurídica de los esclavizados permanecería inalterable. Más tarde, en 1821, el Congreso de Colombia (la Grande) promulgó la ley de Manumisión, la cual eliminaba el principio, según el cual: “vientre de esclavo engendra esclavo”. Pero al mismo tiempo disponía que sus hijos estarían obligados a trabajar para los amos de sus padres hasta alcanzar la mayoría de edad, como una forma de pagar los gastos que generaba su manutención.

Tras la disolución de Colombia, el Congreso de Venezuela no solo mantuvo vigente las mismas premisas legales, sino que elevó la edad de manumisión hasta los 21 años. Fueron los intereses de clase de los sectores dominantes: hacendados, comerciantes y prestamistas, los que obstaculizaron la materialización del decreto emitido en 1816.

A fin de cuentas, la República que se constituye en 1830 estuvo orientada por el interés de la oligarquía criolla: financiera y terrateniente, incluida en este último grupo, al caudillaje surgido de la gesta emancipadora. Era una nación de propietarios, como bien la calificó un reconocido historiador venezolano.

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Salvaguardar sus intereses:

En este contexto ¿qué razones hicieron posible el decreto emitido por el general José Gregorio Monagas? La principal razón está asociada a la poca capacidad productiva del régimen esclavista y al envejecimiento de la propia mano de obra, lo que hacía mucho menos eficiente su desempeño laboral.

Aunado a esto, la constante fuga de esclavos, en un ambiente social y político cada vez más convulsionado y preinsurreccional, recuérdese el proceso de agitaciones, revueltas y alteración de la “tranquilidad” republicana que caracterizó la década de los años cuarenta del siglo XIX, estimulados por la formación del partido Liberal, la aparición del periódico El Venezolano y la emergencia de liderazgos como el de Ezequiel Zamora; aspectos que terminaron creando las condiciones para que el sector de los hacendados promoviera una solución que salvaguardara sus intereses de clase y asegurara su participación en el mercado mundial, ofertando los productos agrícolas que exportaba el país.

La solución promovida partía de lo establecido en las leyes de 1821 y 1830 que garantizaban la indemnización de los propietarios como requisito indispensable para la liberación de los esclavizados. Desde el año 1850 se venía demandando el aumento en los fondos de manumisión previstos por la legislación como mecanismo de asegurar la indemnización a los propietarios.

En 1851 la diputación de la provincia de Barquisimeto destinó diez mil pesos para promover la liberación de los esclavizados; para 1852 la diputación de la provincia de Caracas solicitó que el Congreso aprobara la ley de abolición de la esclavitud, mientras que en el presupuesto fiscal del año siguiente se destinaron cincuenta mil pesos para apoyar los fondos de manumisión.

Todo lo anterior contribuye a demostrar que el Decreto de Abolición de la Esclavitud emitido por Monagas, solo fue un acto para resarcir las “pérdidas” que el sector de los hacendados venía experimentando e iba a incrementar como consecuencia del envejecimiento de la mano de obra esclavizada y la disminución de su capacidad productiva.

Tras la promulgación del Decreto las condiciones sociales y laborales de los antiguos esclavizados no mejoraron. Aunque jurídicamente libres, continuaron bajo un régimen de explotación laboral facilitado por la pobreza extrema, la falta de tierras propias y la persistencia de la segregación social que veía al negro como un ser inferior.

Situaciones, todas, que habrían incidido como detonante para el estallido de la Guerra Federal; y que se prolongaron más allá de esta, teniendo en la “ficha” un mecanismo de explotación laboral que consistía en “pagar” el trabajo del peón con una “moneda”, acuñada con los símbolos de la hacienda: el escudo de la familia, el rostro del terrateniente, la cruz; “moneda” emitida por el propio hacendado, pero sin valor de cambio fuera del ámbito geográfico de la hacienda.

Este fue uno de los mecanismos más injustos y perversos de explotación laboral, que evidenciaban que las promesas de libertad e igualdad por las que se luchó durante la Independencia continuaban sin alcanzarse, realmente, a mediados del siglo XIX.

El decreto de Abolición de la Esclavitud emitido por el presidente José Gregorio Monagas no fue un acto de justicia, ni obedeció al propósito de alcanzar una sociedad más justa y humana, sino al interés crematístico de quienes entonces detentaban el poder: político y económico.

 

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"La Campaña de Oriente de 1813", por Ángel Omar García

Ángel Omar García González (1969): Licenciado en Educación, mención Ciencias Sociales, y Magister en Historia de Venezuela, ambos por la Universidad de Carabobo, institución donde se desempeña como profesor en el Departamento de Ciencias Sociales de la Facultad de Educación. En 2021 fue galardonado con el Premio Nacional de Periodismo Alternativo por la Columna Historia Insurgente del Semanario Kikirikí. Ganador del Concurso de Ensayo Histórico Bicentenario Batalla de Carabobo, convocado por el Centro de Estudios Simón Bolívar en 2021, con la obra “Cuatro etapas de una batalla”. Es coautor de los libros “Carabobo en Tiempos de la Junta Revolucionaria 1945-1948” y “La Venezuela Perenne. Ensayos sobre aportes de venezolanos en dos siglos”.

 

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